El espacio europeo de libertad, seguridad y justicia requiere del conocimiento del Derecho europeo, pero también del conocimiento recíproco de los sistemas jurídicos de los Estados miembros. Por esta razón, en el año 2012, la Unión Europea adoptó una iniciativa de interoperabilidad específica en el ámbito de la información legislativa, mediante unas Conclusiones del Consejo (2012/C 325/02) en las que invitaba a los Estados miembros a adoptar un estándar de identificación y descripción de las normas denominado European Legislation Identifier/Identificador Europeo de Legislación.
Aunque hay mucha información legislativa disponible digitalmente en internet, la accesibilidad y la interoperabilidad de los sistemas de información de las instituciones nacionales y europeas se ven obstaculizadas por las diferencias de los distintos ordenamientos jurídicos nacionales, así como por las diferencias existentes en los sistemas técnicos utilizados para almacenar y presentar la legislación en los sitios web nacionales.
En este contexto, el Identificador Europeo de Legislación (ELI) tiene por objeto facilitar el acceso, el intercambio y la interconexión de la información jurídica publicada en los sistemas de información jurídica nacionales, europeos y mundiales, para poner en marcha una verdadera red de información legal, disponible como conjunto de datos abiertos y susceptibles de reutilización.
El Identificador Europeo de Legislación se utiliza para:
Las ventajas del sistema ELI son múltiples:
El sistema del Identificador Europeo de Legislación se estructura en tres pilares:
ELI ofrece un medio para identificar unívocamente, denominar y acceder a la legislación nacional y europea, legible tanto por las personas como por los sistemas informáticos y compatible con los estándares tecnológicos actuales.
Un URI estructurado ya permite identificar los actos utilizando una serie de componentes definidos, pero la atribución de metadatos adicionales establecidos en el marco de una sintaxis compartida sienta las bases para promover y aumentar la interoperabilidad entre los sistemas de información jurídica. Mediante la identificación de los metadatos que describen las características esenciales de un recurso, los países podrán reutilizar la información pertinente procesada por otros para sus propias necesidades, sin tener que crear nuevos sistemas de información.
Una ontología representa una descripción formal de una serie de conceptos y de relaciones en un ámbito determinado. La descripción de las propiedades de la legislación y de las relaciones entre los diferentes conceptos permite alcanzar una comprensión común, por lo que se pueden evitar las ambigüedades entre los términos. Al ser una especificación formal, una ontología es directamente procesable mediante sistemas informáticos.
Por ello, si bien los países son libres de utilizar sus propios esquemas de metadatos, la UE les anima a seguir y utilizar los estándares de metadatos ELI con las correspondientes tablas de autoridades compartidas, pero ampliables, que permiten satisfacer requisitos específicos. Está previsto que el esquema de metadatos ELI se utilice en combinación con esquemas de metadatos personalizados.
ELI permite un intercambio de datos más amplio y rápido: cuando los metadatos se integran en las respectivas páginas web de los distintos diarios y boletines oficiales o sistemas de información jurídica, la información se puede intercambiar de manera automática y eficiente, gracias a los beneficios de la incipiente arquitectura de la red semántica, que hace posible que la información sea procesada directamente tanto por los ordenadores como por las personas.
Para que el intercambio de datos sea más eficiente, los elementos de metadatos ELI podrán clasificarse de acuerdo con la recomendación del W3C: «RDFa in XHTML: Syntax and Processing» (RDFa). Los Estados miembros podrán añadir otros formatos de clasificación además del RDFa.
Desde 2012 el sistema ELI se ha adoptado por una serie de países europeos (Dinamarca, Finlandia, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, el Reino Unido) y por la propia Oficina de Publicaciones de la Unión, con diversa intensidad, según el enfoque gradual que caracteriza este identificador (solamente el pilar 1, pilares 1 y 2 o bien los tres pilares).
El éxito del sistema ha motivado que el 6 de noviembre de 2017, el Consejo haya adoptado unas nuevas Conclusiones en relación con el ELI[1], invitando nuevamente a los Estados miembros y a los países candidatos, los Estados de Lugano y a otros Estados a que adopten el identificador de manera voluntaria y gradual.
El ordenamiento jurídico español es una realidad compleja y plural, integrada por normas que corresponden a distintos niveles territoriales (estatal, autonómico y local). Sin embargo, a pesar de que esas normas constituyen un sistema y de que se relacionan y enlazan entre si, a nivel interno también se producen las diferencias en los sistemas técnicos utilizados para almacenar y presentar la legislación en las respectivas páginas web, lo que dificulta el acceso a los profesionales del Derecho, las empresas y los ciudadanos en general y hace muy difícil que los sistemas puedan interoperar entre sí.
En efecto, si una persona quiere conocer la regulación de una materia en España, no le es suficiente con consultar la normativa estatal o la normativa autonómica, sino que necesita consultar ambas y en muchos casos, también la europea o la local. Sin embargo, la búsqueda de información jurídica correspondiente a distintos niveles territoriales resulta costosa y difícil, en la medida en que las bases de datos del Estado y de las Comunidades Autónomas en las que se localiza la información jurídica más relevante no están relacionadas entre si, lo que obliga a consultar varias bases de datos o en el peor de los casos, si se está interesado en las diferentes legislaciones autonómicas, a realizar consultas en todas ellas.
Por eso, la implementación del ELI en España resulta especialmente aconsejable, ya que además de los beneficios que proporciona a escala europea, en el ámbito interno se obtendría una notable mejora en el acceso a la información jurídica y en la interoperabilidad de los sistemas de información legal de las distintas Administraciones.
ELI es un sistema flexible, diseñado para adaptarse a la complejidad y la especificidad de los distintos sistemas legislativos regionales, nacionales y europeos, así como a los cambios que se producen en los recursos legales.
En el caso español, la implementación debe realizarse teniendo en cuenta la pluralidad y diversidad que caracteriza al ordenamiento español, muy superior a la que presentan los países europeos que hasta el momento han puesto en marcha el identificador:
Cada uno de los niveles territoriales dotado de capacidad normativa cuenta con su propio medio de publicación oficial:
Todos los boletines oficiales se publican en edición electrónica firmada, como garantía de su autenticidad e integridad y sus contenidos se ofrecen en una pluralidad de formatos (sobre todo pdf y html y en ocasiones xml y e-pub). Muchos diarios publican cada disposición como un único documento electrónico; otros ofrecen un pdf del número completo del día, con todas las disposiciones y actos publicados.
Respecto a la lengua, cada boletín se publica en las lenguas oficiales correspondientes: bien solamente en español, bien en dos idiomas en el caso de aquellas AAPP que cuentan con lengua propia[2].
Por lo que se refiere al «Boletín Oficial del Estado», se publica en castellano, si bien, conforme al Real Decreto 489/1997, existen cuatro suplementos en lenguas cooficiales en virtud de los Convenios suscritos con las comunidades del País Vasco, Cataluña, Galicia y Valencia[3].
Algunas normas son objeto de publicación oficial en dos boletines oficiales:
ELI se aplica a los recursos normativos disponibles en las bases de datos oficiales de los Estados miembros.
Tanto el Estado como las Comunidades Autónomas cuentan con sus propios sistemas de difusión de la información publicada en sus diarios oficiales. Habitualmente, estos sistemas de bases de datos están disponibles en la sede electrónica en la que se aloja el diario oficial y permiten recuperar las normas publicadas, aunque en ocasiones el ámbito temporal considerado no sea completo. La información se ofrece en formato pdf y html y menos frecuentemente en xml.
Es relativamente habitual que las bases de datos oficiales ofrezcan normas correspondientes a otros niveles territoriales, aunque no hayan sido publicadas en el diario que corresponde a la entidad gestora (por ejemplo, bases de datos autonómicas que ofrecen también determinada legislación estatal).
Atención especial deben recibir las bases de datos de Derecho consolidado[6] ofrecidas por el Estado y las CCAA, pues presentan grandes diferencias en su gestión:
La situación de las bases de datos de los boletines oficiales de la provincia, dependientes de las Diputaciones Provinciales es muy dispar y en ocasiones, son las propias corporaciones locales las que, dependiendo de sus recursos, se encargan de la difusión on line de su propia normativa, siendo poco frecuente que la ofrezcan en versión consolidada.
La situación tecnológica de los diversos agentes oficiales que ofrecen recursos legales on line es muy diversa. Como consecuencia, el panorama de metadatos en las distintas páginas web es desigual: no todas las Administraciones cuentan con metadatos y cuando existen, estos no son uniformes, ya sea porque no coinciden, porque no se denominan igual o porque no se definen de la misma manera.
El sistema ELI ofrece un estándar flexible para el acceso y la identificación de las normas, que debe ser adaptado a las peculiaridades de los distintos sistemas legislativos regionales, nacionales y europeos.
Teniendo en cuenta la pluralidad que presenta el ordenamiento español, se hace necesario que la implementación del identificador se realice de forma coordinada por todas las Administraciones, de acuerdo con la filosofía marcada por el Esquema Nacional de Interoperabilidad, el cual tiene presentes las recomendaciones de la Unión Europea.
Por ello, las Administraciones Públicas afectadas han participado en el proceso de elaboración de esta especificación técnica, que ha sido aprobada por la Comisión Sectorial de Administración Electrónica, en su reunión de 13 de marzo de 2018.
La especificación tiene como objetivo establecer las directrices comunes que requiere la implementación del ELI en el contexto español, de manera que la identificación y descripción de los recursos legales se realice de manera coordinada y coherente por las distintas Administraciones.
En la medida en que el ELI está diseñado para funcionar sobre la base de los sistemas existentes, cada Administración puede mantener sus propios diarios oficiales y bases de datos de legislación según estime oportuno, así como los procesos internos de gestión adecuados a sus necesidades, criterios y normativa propia. La especificación recoge únicamente los elementos mínimos necesarios para garantizar la interoperabilidad de la información legal que las distintas Administraciones españolas ofrecen en internet.
De acuerdo con el enfoque gradual que caracteriza al ELI, y que han seguido el resto de países europeos, se ha optado por que la implementación en España se realice en varias fases.
En la primera fase, el ELI se aplicará únicamente a la normativa del Estado y de las Comunidades Autónomas. La complejidad de la normativa local y la variable situación tecnológica de los boletines oficiales de la provincia y de las corporaciones locales aconsejan abordar la implementación del identificador para la normativa local en un segundo momento.
La presente especificación técnica aborda la primera fase de aplicación del ELI:
En todo caso, esta especificación técnica se ha diseñado de manera que resulta compatible con la futura ampliación del ELI, en una segunda fase, a la normativa de las Ciudades Autónomas y de las entidades locales y sin perjuicio del desarrollo y perfeccionamiento de sus directrices a lo largo del tiempo, mediante la ampliación de los metadatos mínimos comunes, y su adaptación a la evolución de la ontología del ELI, hasta llegar a completar la adopción de los tres pilares.
El calendario estimado para esta primera fase de implementación del identificador es el siguiente:
Las Conclusiones del Consejo invitan a los Estados miembros a aplicar ELI a las unidades de legislación nacional, dejándoles libertad para que determinen a qué normas se aplica el identificador y para hacerlo de forma progresiva[7].
En la primera fase de implementación en España, el ELI se aplicará a aquellas disposiciones y resoluciones estatales o autonómicas que los sistemas de información de cada Administración tengan incorporadas en sus bases de datos de legislación[8].
No obstante, aplicando la literalidad del término «unidades de legislación nacional», no se tendrán en consideración los siguientes recursos jurídicos:
Respecto a los acuerdos internacionales, se identificarán mediante el ELI, dado que una vez publicados en el BOE[11], pasan a formar parte del ordenamiento interno, tal como establece el artículo 96 de la Constitución, convirtiéndose por tanto, en «unidades de legislación nacional».
ÁMBITO NORMATIVO |
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Los beneficios derivados del ELI son mayores cuanto más amplio es el conjunto de normas a las que se aplica, pero es necesario concentrar el esfuerzo en aquella legislación más demandada por los ciudadanos.
Teniendo en cuenta que la mayor parte de la normativa vigente ha sido dictada con posterioridad a la Constitución y que los primeros Estatutos de Autonomía se aprobaron en 1979, el ELI se aplicará al menos, a aquellas unidades de legislación nacional publicadas a partir del 29/12/1978.
Asimismo, dado que en la actualidad se mantiene la vigencia de algunos textos de la máxima importancia, que son anteriores a 1978, en el ámbito estatal se aplicará el ELI a todos aquellas normas publicadas antes del 29/12/1978 y que cuenten con versión consolidada.
ÁMBITO TEMPORAL MÍNIMO DE APLICACIÓN |
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En la medida en que se trata de un ámbito temporal mínimo de aplicación, tanto el Estado como las Comunidades Autónomas pueden ampliarlo, de acuerdo con sus posibilidades y necesidades.
La ontología ELI constituye un modelo de descripción de los recursos legales, orientado a favorecer su enlace con otros recursos legales, así como su publicación y reutilización.
La ontología de ELI se basa en el modelo de datos establecido en los «Requisitos funcionales de los registros bibliográficos» (FRBR, http://archive.ifla.org/VII/s13/frbr/frbr-es.pdf), adaptándose a otras iniciativas actuales de normalización en este ámbito. Los FRBR distinguen entre los conceptos de «obra» (creación intelectual o artística), «expresión» (la realización intelectual o artística de una obra) y «manifestación» (la encarnación física de una expresión).
En el caso concreto de ELI se pueden identificar los siguientes conceptos:
La imagen insertada a continuación recoge estos tres conceptos, aplicándolos a un recurso concreto, en este caso a las Conclusiones del Consejo invitando a la introducción del ELI.
La estructuración de la información en varios niveles conceptuales, siguiendo la estructura de FRBR permite:
La ontología de ELI se adapta a diferentes puntos de vista respecto a lo que debe considerarse un recurso legal[14].
Esta versatilidad resulta particularmente útil en un contexto normativo como el español, estructurado en varios niveles territoriales, cada uno de ellos con su correspondiente diario oficial, en el que ciertas normas son objeto de doble publicación y en el que la publicación puede realizarse en varias lenguas.
Por eso, en la implementación del ELI en España, se tendrán en consideración para cada norma, dos niveles de recursos legales:
En consecuencia, para cada norma se deben configuran siempre, como mínimo, dos recursos legales (legalWork):
Además, las Administraciones que ofrezcan el texto actualizado de la norma, deberán configurar adicionalmente un recurso legal consolidado. En caso de que no se limiten a ofrecer el último texto actualizado, sino que también ofrezcan las redacciones sucesivas que ha tenido la norma, será necesario configurar cada una de esas redacciones intermedias como un recurso legal distinto.
Asimismo, las Administraciones que cuenten con una versión «corregida»[15] de las normas, independiente de las versiones consolidadas, deberán tratar esta versión corregida como otro recurso legal distinto.
Todos los recursos legales derivados de una misma norma se relacionan con dos propiedades específicas de la ontología ELI:
A su vez, el recurso legal inicial y los recursos legales consolidados se relacionan con las propiedades eli:consolidates (para relacionar un recurso legal consolidado con el recurso inicial que consolida) y eli:consolidated_by (para relacionar un recurso legal inicial con el recurso legal consolidado que corresponde a sus versiones sucesivas).
Cada uno de los recursos legales contaría con su correspondiente expresión o expresiones, bien se publique en una sola lengua o en varias.
El recurso legal y sus expresiones se relacionan mediante las propiedades de la ontología eli:realizes y su inversa eli:is_realized_by.
Por último, la expresión y los formatos en que se ofrece se relacionan mediante las propiedades eli:embodies y eli:is_embodied_by
ENTIDADES Y RELACIONES |
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La estructuración de recursos legales y de sus relaciones puede consultarse con detalle en los ejemplos recogidos en los anexos III y IV.
Tal como se ha señalado en el punto 2.2, algunas normas son objeto de publicación oficial en dos diarios oficiales.
En estos supuestos, aunque sea una misma norma, cada una de las publicaciones debe tratarse como un recurso legal abstracto independiente, generándose un recurso legal abstracto para la primera publicación y otro recurso legal abstracto para la segunda publicación.
Así, en el caso de republicaciones más frecuentes, que es el de las leyes autonómicas, una vez efectuada la publicación en el diario oficial autonómico, se generará un recurso legal abstracto, con los metadatos propios de la publicación en dicho diario, que tendrá asociado el correspondiente recurso legal inicial y sucesivamente, en su caso, los recursos consolidados que procedan. Con posterioridad, una vez la ley autonómica sea publicada en el BOE, el Estado procederá a crear el recurso legal abstracto correspondiente a dicha publicación y los recursos asociados (inicial y consolidado en su caso).
Los dos recursos legales abstractos que se generan, así como sus correspondientes recursos legales iniciales se relacionarán a través de las propiedades de la ontología eli:is_another_publication_of y eli:has_another_publication.
Un ejemplo del tratamiento de la doble publicación se recoge en el anexo V.
NORMAS PUBLICADAS EN DOS DIARIOS OFICIALES |
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Conforme al modelo conceptual expuesto, no es necesario contar con un solo dominio ELI, sino que el Estado y cada una de las CCAA, podrán crear sus propios «dominios ELI».
DOMINIO ELI |
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El Estado y cada una de las CCAA pueden establecer «dominios ELI» propios. |
El ELI utiliza «HTTP URI» para identificar específicamente toda la información jurídica en línea publicada oficialmente en Europa.
Estos identificadores uniformes de recursos aparecen descritos formalmente en plantillas URI legibles mecánicamente (IETF RFC 6570) que utilizan componentes con contenido semántico desde el punto de vista tanto jurídico como del usuario final.
Cada país diseñará sus propios URIs autodescriptivos, utilizando siempre que sea posible los componentes definidos por el sistema ELI y teniendo en cuenta sus requisitos de lenguaje específicos. Estos componentes son los siguientes[18]:
Name eli | Comments | |
---|---|---|
Jurisdiction | Jurisdiction | Use of DCTERMS. ISO3166: 2 alpha country codes, e.g. ‘LU’ For international organizations, the registered domain name can be used: e.g. ‘EU’ or ‘WTO’ |
Agent | Administrative hierarchical structure, e.g. federal States, constitutional court, parliament, etc. | |
Subagent | Administrative hierarchical substructure, e.g. the responsible ministry | |
Reference | Year | YYYY Various interpretations allowed depending on countries’ requirements, e.g. date of signature or date of publication, etc. |
Month | MM | |
Day | DD | |
Type | Nature of the act (law, decree, draft bill, etc.) Various interpretations depending on countries’ requirements |
|
Subtype | Subcategory of an act depending on countries’ requirements (e.g. corrigendum) | |
Domain | Can be used if acts are classified by themes, e.g. codes | |
Natural identifier | Reference or number to distinguish an act of same nature signed or published on the same day | |
Subdivision | Level 1 | Reference to a subdivision of an act, e.g. Article 15 |
Level 2 | Reference to a smaller subdivision than level 1, e.g. Article 15.2 | |
Level 3 | Reference to a smaller subdivision than level 2 | |
Level n | Reference to a smaller subdivision | |
Point in time | Point in time | YYYYMMDD - Version of the act as valid at a given date |
Version | Version | To distinguish between original act or consolidated version |
Language | Language | Language codes (International Organization for Standardization (ISO 639). |
Format | A file format, like «pdf» or «html» |
Note that the Council conclusions inviting the introduction of the European Legislation does not list this component explicitly, but it is always part of the URIs to identify the eli: format level. |
Los componentes son optativos, pueden seleccionarse sobre la base de requisitos nacionales y no tienen que respetar un orden predefinido.
Para permitir el intercambio de información, la plantilla URI que se elija deberá describirse utilizando el mecanismo de plantilla URI, como en el siguiente ejemplo:
COMPONENTES DE LA URI |
---|
/eli/{jurisdiction}/{agent}/{sub-agent}/{year}/{month}/{day}/{type}/{natural identifier}/{level 1…}/{point in time}/{version}/{language} |
De acuerdo con la ontología de ELI, cada identificador debe descomponerse en al menos tres niveles:
Los países son libres de seleccionar y organizar los componentes de la plantilla URI de la manera que mejor se adapte a sus necesidades, no obstante, deben tener en cuenta una serie de recomendaciones:
Teniendo en cuenta estas recomendaciones y las consideraciones jurídicas y técnicas específicas del sistema normativo español, la estructura de la URI para las normas estatales y autonómicas será la siguiente:
URI PARA LAS NORMAS DEL ESTADO Y DE LAS CCAA |
---|
/eli/{jurisdiction}/{type}/{year}/{month}/{day}/{number}/{version}/{version_date}/{language}/{format} |
Campo (ELI) | Descripción | Formato | Valores | Comentarios |
---|---|---|---|---|
Jurisdiction | Jurisdicción | Lista limitada de valores alfabéticos | Tabla de vocabulario controlado | ISO 3166 alfa 2: ISO 3166-1 para el Estado. ISO 3166-2 para las CCAA |
Type | Rango de la norma | Lista limitada de valores alfabéticos (de 1 a 4 letras) | Tabla de vocabulario controlado | Los rangos se identificarán mediante siglas, de longitud variable |
Year | Año de disposición | Valores numéricos Formato AAAA | 2001, 2002… | Fecha de firma (yyyy/mm/dd) |
Month | Mes de disposición | Valores numéricos Formato MM | 01, 02… | |
Day | Día de disposición | Valores numéricos Formato DD | 01, 02… | |
Number (natural identifier) | Número | Valores numéricos, en ocasiones, alfanuméricos | Con carácter general, el número se corresponde con el n.º oficial | |
Version | Identifica si el recurso legal es el inicial, el consolidado o el corregido | Lista limitada de valores alfabéticos (3 letras) | Tabla de vocabulario controlado | |
Version_date (point in time) | Indica la fecha de actualización que corresponde al texto consolidado | Valores numéricos. Formato: AAAAMMDD | Solo para recursos consolidados | |
Language | Idioma de la disposición | Lista limitada de valores alfabéticos | Tabla de vocabulario controlado | ISO 639-3 (código de 3 letras), con una adaptación para el valenciano y para los textos bilingües |
Format | Formato de publicación | Lista limitada de valores | html, pdf, epub, xml | Los valores de los formatos se deben ajustar a las tipologías establecidas por IANA |
La mayor parte de los Estados que han implementado ELI hasta el momento y la propia UE, no han incorporado el elemento jurisdicción en la URI, puesto que esta información ya aparece recogida en el dominio de internet.
Sin embargo, dado que tanto los boletines estatal como los autonómicos pueden publicar tanto normativa propia del nivel territorial que les corresponde como propia de otros niveles territoriales, el dominio no es suficiente para identificar si la normativa considerada es estatal o autonómica.
Como consecuencia, resulta necesario utilizar en la plantilla URI el elemento eli:jurisdiction, de manera que quede reflejado el ámbito territorial al que corresponde el recurso legal considerado. Para ello, se utilizará la norma ISO3166 alfa 2.
Código | Nivel territorial |
---|---|
es | Estado |
es-an | Comunidad Autónoma de Andalucía |
es-ar | Comunidad Autónoma de Aragón |
es-as | Comunidad Autónoma del Principado de Asturias |
es-cn | Comunidad Autónoma de Canarias |
es-cb | Comunidad Autónoma de Cantabria |
es-cl | Comunidad de Castilla y León |
es-cm | Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha |
es-ct | Comunidad Autónoma de Cataluña |
es-ex | Comunidad Autónoma de Extremadura |
es-ga | Comunidad Autónoma de Galicia |
es-ib | Comunidad Autónoma de las Illes Balears |
es-ri | Comunidad Autónoma de la Rioja |
es-md | Comunidad de Madrid |
es-mc | Comunidad Autónoma de la Región de Murcia |
es-nc | Comunidad Foral de Navarra |
es-pv | Comunidad Autónoma del País Vasco |
es-vc | Comunitat Valenciana |
eli:jurisdiction |
---|
Norma ISO3166 alfa 2 |
En el esquema ELI, el elemento eli:type_document (rango) debe recogerse en una tabla de vocabulario controlado, de acuerdo con las peculiaridades propias de los sistemas nacionales.
La mayoría de los países han optado por publicar su tabla de tipos con siglas de longitud variable, excepto Francia, que mantiene la denominación completa.
En el caso español, se utilizará una lista limitada de valores que comprende tanto los rangos de la normativa estatal como de la autonómica[19], identificadas mediante siglas de longitud variable (de 1 a 4 letras).
Dadas las variantes lingüísticas existentes para un mismo rango, la identificación mediante siglas tiene la ventaja de que el recurso se denomina siempre de la misma manera.
Los valores para la tabla de vocabulario controlado eli:type_document son los siguientes:
Español | Catalán | Euskera | Gallego | Valenciano | Siglas |
---|---|---|---|---|---|
Constitución | Constitució | Konstituzioa | Constitución | Constitució | c |
Reforma (constitucional) | Reforma | Erreforma | Reforma | Reforma | ref |
Acuerdos internacionales | Acord internacional | ai | |||
Ley Orgánica | Llei orgànica | Lege Organikoa | Lei orgánica | Llei Orgànica | lo |
Ley | Llei | Legea | Lei | Llei | l |
Ley Foral | Foru Legea | lf | |||
Real Decreto-ley | Reial decret llei | Errege Lege Dekretua | Real decreto Lei | Reial Decret llei | rdl |
Real Decreto Legislativo | Reial decret legislatiu | Legegintzako Errege Dekretua | Real decreto Lexislativo | Reial Decret Legislatiu | rdlg |
Decreto-ley | Decret llei | Lege Dekretua | Decreto Lei | Decret llei | dl |
Decreto-ley Foral | Foru Lege Dekretua | dlf | |||
Decreto-Legislativo | Decret Legislatiu | Legegintzako Dekretua | Decreto Legislativo | Decret Legislatiu | dlg |
Decreto Foral Legislativo | Legengintzako Foru Dekretua | dflg | |||
Reglamento | Reglament | Erregelamendua | Regulamento | Reglament | reg |
Real Decreto | Reial decret | Errege Dekretua | Real Decreto | Reial Decret | rd |
Decreto | Decret | Dekretua | Decreto | Decret | d |
Decreto Foral | Foru Dekretua | df | |||
Orden | Ordre | Agindua | Orde | Orde | o |
Orden Foral | Foru Agindua | of | |||
Acuerdo | Acord | Akordioa | Acordo | Acord | a |
Resolución | Resolució | Ebazpena | Resolución | Resolució | res |
Instrucción | Instrucció | Instrukzioa | Instrucción | Instrucció | ins |
Circular | Circular | Zirkularra | Circular | Circular | cir |
Otros | Altres | Atres | alia |
En la medida en que los rangos utilizados en las bases de datos del Estado y de las CCAA son equivalentes, no deberían plantearse discordancias sobre el tipo que debe atribuirse a un recurso publicado en dos diarios oficiales o difundido en distintas bases de datos. No obstante, podría darse el caso de que una norma resultara de difícil encaje en alguna de las tipologías. Para estos supuestos se recomienda contrastar el rango atribuido por la Administración responsable de la primera publicación, antes de generar el URI correspondiente a la segunda publicación.
En todo caso, se contaría con un tipo residual, denominado «alia» y destinado a recoger aquellas normas que no corresponden exactamente con ninguno de los tipos específicos.
Respecto a las correcciones de errores y/o erratas, se considerarán un subtype[20]: la URI de las correcciones de errores, se formará con la estructura estándar del ELI, añadiendo a continuación del number, el elemento corrigendum y la fecha de publicación (eli:date_publication) de la corrección de errores en el diario oficial con formato AAAAMMDD.
/eli/{jurisdiction}/{type}/{year}/{month}/{day}/{number}/{corrigendum}/{pubdate}/{dof}[21]/language/format
Por ejemplo:
Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, sobre los vehículos al final de su vida útil.
eli/es/rd/2017/01/20/20/
Corrección de errores del Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, sobre los vehículos al final de su vida útil.
eli/es/rd/2017/01/20/20/corrigendum/20170327/dof/
eli:type_doc |
---|
Tabla de vocabulario controlado con siglas de longitud variable (1 a 4 letras) |
URI PARA LAS CORRECCIONES |
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/eli/{jurisdiction/{type}/{year}/{month}/{day}/{number}/{subtype}/{date_publication}/{version}/{language}/{format} |
La fecha considerada para construir el identificador es siempre la fecha de firma, no la fecha de publicación.
Los componentes se utilizan de forma independiente {year} {moth} {day}, lo que permitirá, mediante truncamiento de la URI, recuperar todas las normas correspondientes a un mismo año, mes o día.
eli:date_document |
---|
Formato AAAA/MM/DD |
Este elemento informa del número oficial[23] que identifica cada disposición dentro de su rango o dentro de su tipología normativa. La inclusión de este elemento en la plantilla se debe a dos razones:
Sin embargo, en España no todas las normas cuentan con un número oficial:
La determinación del número en la plantilla plantea dificultades en relación con las normas que no tienen número oficial así como con las normas numeradas con rango inferior a decreto, que se numeran por las distintas Administraciones de manera no homogénea.
En el número oficial de todas las normas españolas siempre aparece recogido el año de adopción (Ley 5/2010, Decreto 320/2016, Orden PRE/7/2017…, etc). En la medida en que este año ya forma parte de la plantilla a través del elemento date_document, se ha decidido no incorporarlo como parte del elemento eli:number de la plantilla URI.
En el caso de las normas de mayor rango, se utilizará el número secuencial como natural_identifier, lo que permite generar una URI única para cada recurso legal
ANDALUCÍA: LEY 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía.
eli/es-an/l/2016/12/27/9/
ESTADO:
REAL DECRETO-LEY 2/2017, de 27 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por los últimos temporales.
eli/es/rdl/2017/01/27/2/
Cabe resaltar que en ciertos casos de normas de rango menor, el número oficial se compone de un código alfanumérico, anteponiendo al número tres letras identificativas del departamento o consejería responsable. En estos casos se considera como number el código alfanumérico completo. No obstante, para simplificar la URI se eliminará la barra inclinada que separa el elemento alfabético y numérico y se emplearán únicamente letras minúsculas.
CASTILLA Y LEÓN:
ORDEN EYH/ 671/2016, de 25 de julio, por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2017.
eli/es-cl/o/2016/07/25/eyh671/
CATALUÑA:
ACUERDO GOV/16/2017, de 21 de febrero, por el que se aprueba la modificación de los Estatutos de la Autoridad del Transporte Metropolitano, Consorcio para la coordinación del sistema metropolitano de transporte público del área de Barcelona, y su texto refundido.
eli/es-ct/ac/2017/02/21/gov16/
En ocasiones, dependiendo del sistema de numeración utilizado por cada Administración, puede ocurrir que normas del mismo rango dictadas en la misma fecha, presenten números idénticos, lo que podría suponer que recursos legales distintos tuviesen la misma URI[24].
Cuando se genere la URI para un recurso legal que sea del mismo tipo, tenga la misma fecha y mismo número que otro recurso legal que ya disponga de una URI, se añadirá al número oficial un sufijo, comenzando por la letra «b» y siguiendo con las restantes si fuera necesario «c», «d», «e»...etc. A estos efectos no se emplearán ni la letra «a» ni la letra «ñ».
Este sufijo se recogerá entre paréntesis, para poner de manifiesto que tiene carácter ficticio.
NAVARRA:
Orden Foral 8/2015, de 4 de febrero, del Consejero de Educación, por la que se aprueban las bases que van a regular el procedimiento de admisión del alumnado en centros públicos y privados concertados, para cursar enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria en la Comunidad Foral de Navarra.
eli/es-nc/of/2015/02/04/8/
Orden Foral 8/2015, de 4 de febrero, de la Consejera de Salud, por la que se crea el Servicio de Medicina Interna del Complejo Hospitalario de Navarra[25].
eli/es-nc/of/2015/02/04/8(b)/
En el caso de las normas sin número oficial, bien porque se trate de un tipo normativo que no tiene un número oficial asociado, bien porque se trate de normativa antigua, se adjudicará un número ficticio[26]. Este número se recogerá entre paréntesis, para diferenciarlo de los números oficiales.
ASTURIAS:
Resolución de 30 de marzo de 2016, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas a emigrantes retornados.
eli/es-as/res/2016/03/30/(1)/
ESTADO
Resolución de 24 de febrero de 2017, de Puertos del Estado, por la que se publica la de 14 de noviembre de 2016, sobre delegación de competencias.
eli/es/res/2017/02/24/(1)/
Resolución de 24 de febrero de 2017, de Puertos del Estado, por la que se publica la de 14 de noviembre de 2016, sobre delegación de competencias.
eli/es/res/2017/02/24/(2)/
Resolución de 24 de febrero de 2017, de Puertos del Estado, por la que se publica el Acuerdo del Comité de Distribución del Fondo de Compensación Interportuario, sobre delegación de competencias.
eli/es/res/2017/02/24/(3)/
Resolución de 24 de febrero de 2017, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica la actualización del censo de las flotas de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, que operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste.
eli/es/res/2017/02/24/(4)/
eli:number |
---|
|
Este elemento identifica si el recurso corresponde al texto inicial de la norma, tal como fue publicado en el diario oficial, o si se trata del recurso legal consolidado.
El elemento eli:version debe llevar asociada una tabla de vocabulario controlado, que en el caso de España comprende los siguientes valores:
eli:version |
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Este componente de la plantilla está previsto exclusivamente para los recursos consolidados e indica el momento de su actualización.
Se utilizará el formato AAAAMMDD, recomendado por la UE para diferenciarlo del de la fecha de firma.
Por defecto, si en la petición de un recurso legal consolidado no se indica un point in time, el sistema mostrará la versión que se considere más útil para el usuario, en función del criterio que cada Administración aplique para generar las versiones consolidadas (texto vigente/ último texto publicado...etc).
eli:version_date |
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Formato AAAAMMDD |
Este componente de la plantilla identifica los diferentes idiomas en los que se publica el recurso legal considerado.
Para construir este elemento, se emplearán los códigos de tres letras de la ISO 639-3, con una adaptación para el valenciano[27] y para los textos bilingües, dado que algunas Administraciones publican dos versiones lingüísticas en un mismo documento.
Idioma | 639-3 |
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español | spa |
catalán | cat |
euskera | eus |
gallego | glg |
occitano | oci |
valenciano | vci |
Textos multilingües | mul |
Idioma | 639-3 |
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catalán+español | cat-spa |
euskera+español | eus-spa |
gallego+español | glg-spa |
occitano+español | oci-spa |
occitano+catalán | oci-cat |
valenciano+español | vci-spa |
Téngase en cuenta que esta tabla de autoridades se refiere únicamente a las lenguas con valor oficial en España. Para el caso de que una Administración ofrezca los recursos legales en otras lenguas extranjeras (inglés, francés...) se aplicarán los valores correspondientes de la ISO 639-3.
eli:language |
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ISO639-3 con adaptaciones para el valenciano y para los textos bilingües |
Los valores de las URI aconsejados por la UE son los establecidos por IANA. Se puede consultar la lista completa en: http://www.iana.org/assignments/media-types.
eli:format |
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IANA |
ELI admite diferentes puntos de vista respecto a lo que puede considerarse como recurso legal. Así, además de a las normas, la ontología del ELI prevé la posibilidad de aplicar el identificador al propio diario oficial, conforme cada país considere oportuno.
Por ello, junto al modelo de plantilla URI previsto para las normas, se ha considerado conveniente incluir en esta especificación técnica un modelo de plantilla URI específico para los números del diario oficial y los sumarios o índices.
A estos efectos, se utilizarán dos valores de la tabla de vocabulario controlado «type»:
PLANTILLA URI DIARIO OFICIAL | ||||
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/eli/{jurisdiction }/{type}/{year}/{month}/{day}/{number}/{language}/{format} |
Campo (ELI) | Descripción | Formato | Valores | Comentarios |
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Jurisdiction | Jurisdicción | Lista limitada de valores alfabéticos | Tabla de vocabulario controlado | ISO 3166 alfa 2: ISO 3166-1 para el Estado. ISO 3166-2 para las CCAA. |
Type | Indica el tipo de recurso legal | Lista limitada de valores alfabéticos (de 1 a 4 letras) | Tabla de vocabulario controlado | La tabla de vocabulario controlado contiene dos valores específicos: «dia» para los números del diario oficial «sum» para el sumario del número correspondiente |
Year | Año de publicación del diario | Valores numéricos Formato AAAA | 2001, 2002… | Fecha de publicación del diario (yyyy/mm/dd) |
Month | Mes de publicación del diario | Valores numéricos Formato MM | 01, 02… | |
Day | Día de publicación del diario | Valores numéricos Formato DD | 01, 02… | |
Number | Número | Valores numéricos en ocasiones, alfanuméricos. | Número del diario oficial. En caso de existir suplementos o anexos, se añadirá su identificación, separada del número con un guión. | |
Language | Idioma | Lista limitada de valores alfabéticos | Tabla de vocabulario controlado | Se propone el uso de la norma ISO 639-3 (código de 3 letras), con una adaptación para el valenciano y los textos bilingües |
Format | Formato de publicación | Lista limitada de valores | html, pdf, epub, xml | Los valores de los formatos se deben ajustar a las tipologías establecidas por IANA. |
CATALUÑA
DOGC número 3791 de 31 de diciembre de 2002.
eli/es-ct/dia/2002/12/31/3791/cat/pdf
Anexo A del DOGC número 3791 de 31 de diciembre de 2002.
eli/es-ct/dia/2002/12/31/3791-A/cat/pdf
Sumario del DOGC número 3791 de 31 de diciembre de 2002.
eli/es-ct/sum/2002/12/31/3791/cat/pdf
Sumario del anexo A del DOGC número 3791 de 31 de diciembre de 2002.
eli/es-ct/sum/2002/12/31/3791-A/cat/pdf
No obstante, la aplicación de esta plantilla queda a la decisión de cada Administración, al no ser estrictamente imprescindible en términos de interoperabilidad.
Los servidores web deben configurarse para que resuelvan las URIs del ELI, gestionando los contenidos de manera que la información se muestre según la representación más adecuada para el usuario. En la práctica, cuando se busque mediante la URI de un recurso legal, siempre se producirá un redireccionamiento hacia la URI de una expresión de ese recurso legal que resulte apropiada, después de analizar las características y preferencias del usuario.
Ante una petición HTTP realizada por una persona o por un programa, el servidor web puede responder de dos formas:
Si ya se dispone de un sistema para ofrecer los recursos legales, no es preciso construir uno nuevo. El servidor web puede usar técnicas de redireccionamiento (HTTP 303) que respondan con la URI del sistema en producción ante una petición ELI.
Las URIs deben ser persistentes en el tiempo. Una URI ofrecida incorrectamente no debe desaparecer y generar un enlace roto, en su lugar el servidor puede redireccionar a la URI correcta o indicar el error (y en su caso la URI correcta).
La implantación de la plantilla URI en España exige que se normalicen los metadatos que utilizan las distintas Administraciones para describir la legislación, al menos aquellos que contienen la información de los componentes de la URI.
Por ello, en la primera fase de implementación del ELI en España, el Pilar 1 debe abordarse conjuntamente con el Pilar 2, al objeto de establecer una relación de metadatos mínimos comunes:
Esta definición inicial de metadatos comunes se irá ampliando conforme se avance en la implementación del identificador, con el enfoque progresivo que caracteriza al ELI, para abordar la definición del esquema de metadatos y la incorporación de metadatos adicionales que favorezcan una mayor interoperabilidad, así como aquellos que definen las relaciones de afectación entre normas.
No obstante, las Administraciones no tienen que sustituir sus actuales esquemas de metadatos. Los metadatos ELI pueden utilizarse en combinación con esquemas de metadatos personalizados y se puede realizar el mapeo de los elementos utilizados en el esquema propio con los de la ontología del ELI.
La relación de metadatos mínimos comunes es la siguiente:
Name | Domain | Range | Definition | Observaciones |
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METADATOS FORMAN PARTE PLANTILLA URI | ||||
eli:jurisdiction | LegalResource | eli:AdministrativeArea, containing the list of administrative territorial units defined in http://publications.europa.eu/mdr/authority/atu | The jurisdiction from which the legal resource originates. The place identifier can be taken from the Administrative Territorial Unit table published of the EU Publications Office at http://publications.europa.eu/mdr/authority/atu. Member States don't have to recreate their own list of values. |
Definida conforme ISO3166 alfa 2 (anexo VI.1) |
eli:type_document | LegalResource | eli:ResourceType, corresponding to a local concept scheme. | The type of a legal resource (e.g. "Directive", "Règlement grand ducal", "law", "règlement ministeriel", "draft proposition", "Parliamentary act", etc.). Member states are encouraged to make their own list of values in the corresponding concept scheme. EU Publications Office provides a list of values for EU resource types at http://publications.europa.eu/mdr/authority/resource-type |
Elemento obligatorio según la ontología ELI.Tabla de vocabulario controlado (Anexo VI.2) |
eli:date_document | LegalResource | xsd:Date | Date of adoption or signature (of the form yyyy-mm-dd) | Genera los elementos year/month/day de la URI |
eli:number | LegalResource | xsd:String | An identifier or other disambiguating feature for a legal resource or legal expression. This can be the number of a legislation, the number of an article, or the issue number of an official journal. | |
eli:version | LegalResource | eli:Version, corresponding to a local concept scheme | A version status for the resource. Member states are encouraged to make their own list of values in the Version concept scheme. Example of such values can be "Official Journal", "made", "consolidated", "proposed", "prospective", etc. | Tabla de vocabulario controlado (Anexo VI.4) |
eli:version_date | LegalResource | xsd:Date | The point-in-time at which the provided description of the legislation is valid. | Este metadato es necesario solo para recursos consolidados. Se adapta a distintos criterios de interpretación (criterio de vigencia o de publicación) |
eli:language | LegalExpression | eli:Language, corresponding to the list of languages published by EU Publications Office. | The language of an expression. EU Publications Office provides a list of languages at http://publications.europa.eu/mdr/authority/language. This list is large enough so that member states should not have to declare local values. Note that, if needed, a language can also be stated on a legal resource using the DublinCore "language" property. |
Elemento obligatorio según la ontología de ELI. Definido conforme la ISO 639-3 con una adaptación para el valenciano así como para los textos bilingües (Anexo VI.3) |
eli:format | n/a | n/a | The physical embodiment of a legal expression, either on paper or in any electronic format (definition adapted from RDA). For example, any electronic or physical format of the legal expression (XML, TIFF, PDF, etc.); e.g. PDF version of act 3 of 2005. (adapted from Akoma Ntoso) |
Elemento obligatorio según la ontología de ELI. |
METADATOS CON INFORMACIÓN RELEVANTE | ||||
eli:title | LegalExpression | xsd:String | The title, or name, of an expression. Note that, if needed, a title can also be stated on a legal resource using the Dublin Core "title" property. |
Elemento obligatorio según la ontología de ELI |
eli:date_publication | LegalResource; LegalExpression | xsd:Date | Date of publication of the official version of the legislation, in hard copy or online, depending on what the official publication is, and when it was published. Publication dates at the level of legal expressions can be separately asserted, using standard Dublin Core properties. | Necesario cuando se trate del subtype corrigendum |
eli:publisher (eli:publisher_agent) |
LegalExpression; format | xsd:string | Publisher: An entity responsible for making the resource available (definition from Dublin Core). This property should be used when the value cannot be identified by a suitable URI; if a URI is available, the property "publisher_agent" should be used. | Resulta de interés identificar la entidad encargada de publicar el recurso, mediante la correspondiente URI, dado que en ocasiones la entidad responsable del diario oficial no es la que ofrece los textos consolidados |
METADATOS QUE DEFINEN LAS RELACIONES ENTRE ENTIDADES | ||||
eli:is_member_of | LegalResource | LegalResource | Indicates that this resource is conceptually included in another one. Typically the successive temporal versions of a given legislation are conceptually members of a single « abstract » resource. For the notion of physical inclusion, use eli:is_part_of. | Enlaza un recurso legal con el recurso legal abstracto al que corresponde |
eli:has_member | LegalResource | LegalResource | Indicates that this resource conceptually includes another one. For the notion of physical inclusion, use eli:has_part. | Enlaza el recurso legal abstracto con los recursos legales que derivan de él. |
eli:is_another_publication_of | LegalResource | LegalResource | Indicates that this resource is a new publication, in a different official journal, of another resource already published elsewhere, and cannot be considered to be the same resource (owl:sameAs cannot be used to avoid potential duplication of certain metadata, like the date of publication, or the publisher). Note that this is different from the exceptionnal cases of "republication", where the same resource is actually republished in the same official journal a few days after its initial publication, in case of errors. |
Enlaza una norma publicada en un diario oficial con una publicación anterior en otro diario |
eli:has_another_publication | LegalResource | LegalResource | Inverse of "is_another_publication_of". | Enlaza una norma publicada en un diario oficial con una publicación posterior en otro diario |
eli:realizes | LegalExpression | LegalResource | Relates a legal expression to the legal resource realised through that expression. (definition adapted from RDA). Inverse of "is_realized_by". | Elemento obligatorio según la ontología de ELI.Enlaza la expresión con el recurso legal |
eli:is_realized_by | LegalResource | LegalExpression | Relates a legal resource to a legal expression of this resource in the form of a "sequence of signs" (typically alpha-numeric characters in a legal context). (definition adapted from RDA). Inverse of "realizes". | Enlaza un recurso legal con sus expresiones. Aunque no es un elemento obligatorio, se considera conveniente incorporar este metadato para establecer las relaciones de manera bidireccional |
eli:embodies | Format | LegalExpression | Relates a physical format to the legal expression embodied in that format (definition adapted from RDA). Inverse of "is_embodied_by". | Elemento obligatorio según la ontología de ELI.Enlaza el formato con la expresión |
eli:is_embodied_by | LegalExpression | Format | Relates a legal expression to a physical format of that expression (definition adapted from RDA). Inverse of "embodies". | Para enlazar la expresión con el formato.Aunque no es elemento obligatorio, se considera conveniente incorporar este metadato para establecer las relaciones de manera bidireccional |
eli:consolidates | LegalResource | LegalResource | Indicates that this consolidated legal resource or expression (which is usually the product of an editorial process that revises the legislation) takes into account another one. This property should be used multiple times to refer to both the original version or the previous consolidated version, and to the legislations making the change. | Para enlazar el recurso legal consolidado con el inicialmente publicado |
eli:consolidated_by | LegalResource | LegalResource | Inverse of "consolidates". Indicates that this legal resource or expression is taken into account in consolidated text (which is usually the product of an editorial process that revises the legislation). | Para enlazar el recurso legal inicialmente publicado con el recurso legal consolidado |
eli:corrects | LegalResource or LegalExpression | LegalResource or LegalExpression or Format | Indicates that this resource introduces textual modifications (like correction of spelling mistakes) with no legal change in another resource, expression or format; typically corrigenda in EU legislation. For modifications that have a legal impact, use eli:amends. | Para enlazar las correcciones con el recurso legal correspondiente |
eli:corrected_by | LegalResource or LegalExpression or Format | LegalResource or LegalExpression | Inverse of "corrects". Indicates a resource that introduces textual modifications (like correction of spelling mistakes) with no legal change in this resource, expression or format; typically corrigenda in EU legislation. For modifications that have a legal impact, use eli:amended_by. | Para enlazar el recurso legal con sus correcciones |